Defensor del Oyente

Aquí puedes escuchar el programa del defensor del Oyente de la emisora comunitaria de La Merced Brisa FM 93.1.

Atendiendo al REGIMEN DE PROTECCIÓN AL USUARIO “ARTÍCULO 53. RÉGIMEN JURÍDICO…” Se nombrará por elección de la Junta de Programación a dicha figura que en principio podrá ser el Personero Municipal por el mismo período en el que ocupe dicho cargo. De no aceptar el Personero Municipal, la Junta de Programación presentará una terna y entre los mismos miembros elegirá quien cumpla las mejores condiciones por un período de 4 años.

El Defensor del Oyente deberá tener como funciones:

Apoyar los procesos de formación de audiencias.

Recibir las denuncias e inconformidades de la audiencia

Apoyarse de la defensoría de familia, personería y demás instancias legales para responder ante situaciones de orden legal

Reconocer a la audiencia más que oyentes, interlocutores y actores del desarrollo social.